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TRÁNSITO Y
SEGURIDAD VIAL

Marco normativo ecuatoriano actualizado a octubre de 2026

 

Dirigido a:

Estudiantes de la Escuela de Capacitación del
Sindicato de Choferes Profesionales del Cantón Quijos

 

Unidad temática: Organización del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial
Temas: objetivos y principios; organismos; competencias de los GAD; clases, ámbitos y tipos de servicio.

 

 

 

Ecuador — 2026

 

 

PRESENTACIÓN

El transporte terrestre, el tránsito y la seguridad vial constituyen un sistema público de interés general. Su funcionamiento requiere normas claras, autoridades competentes, operadores habilitados, conductores responsables, vehículos seguros y usuarios que respeten las reglas de circulación.

Este material tiene finalidad educativa y está dirigido a futuros conductores profesionales. Explica los conceptos centrales de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (LOTTTSV), su reglamentación y la distribución de competencias entre las instituciones nacionales y los gobiernos autónomos descentralizados (GAD).

Corte normativo: octubre de 2026. La Asamblea Nacional registra una reforma a la LOTTTSV publicada en el Registro Oficial No. 380, Séptimo Suplemento, de 30 de septiembre de 2026. Para trámites, evaluaciones oficiales o asesoría jurídica, debe consultarse el texto íntegro publicado en el Registro Oficial y las disposiciones transitorias, reglamentos y resoluciones vigentes. Este documento no sustituye la consulta de la norma oficial.

OBJETIVO GENERAL DE APRENDIZAJE

Identificar la organización institucional y normativa del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial del Ecuador, relacionando las funciones de sus organismos, las competencias de los GAD y las modalidades de transporte con situaciones cotidianas del cantón Quijos.

Resultados de aprendizaje

·         Explicar la finalidad y los principios básicos de la legislación de transporte y seguridad vial.

·         Distinguir los organismos rectores, reguladores, de control y de atención de emergencias.

·         Reconocer las competencias municipales y metropolitanas y su coordinación con las autoridades nacionales.

·         Diferenciar clases, ámbitos territoriales y tipos de servicio de transporte terrestre.

·         Aplicar los conocimientos a decisiones responsables de conducción profesional.

1.1. OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE LA LEY

¿Qué regula la LOTTTSV?

La Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial organiza, planifica, fomenta, regula, moderniza y controla el transporte terrestre, el tránsito y la seguridad vial en el Ecuador. Su finalidad central es proteger a las personas y los bienes durante los desplazamientos, promover una movilidad segura y ordenar la prestación de los servicios de transporte.

El transporte terrestre automotor es un servicio público esencial y una actividad económica estratégica, sujeto a regulación estatal. Esto implica que la prestación del servicio no depende únicamente de la voluntad del operador: debe cumplir requisitos legales, técnicos, administrativos y de seguridad.

Objetivos principales

·         Proteger la vida y la integridad física de conductores, pasajeros, peatones, ciclistas y demás usuarios de la vía.

·         Organizar y planificar el transporte terrestre conforme a las necesidades de movilidad de la población.

·         Regular y controlar la circulación vehicular, los servicios de transporte y los títulos habilitantes.

·         Prevenir siniestros de tránsito mediante educación vial, fiscalización, infraestructura segura y vehículos en condiciones adecuadas.

·         Promover un servicio accesible, eficiente, continuo y de calidad, con atención especial a personas con movilidad reducida y grupos prioritarios.

·         Determinar las funciones de las instituciones públicas y la coordinación entre el Gobierno central y los GAD.

·         Fomentar la responsabilidad de los operadores, propietarios, conductores y usuarios del sistema vial.

Principios orientadores

La legislación debe interpretarse conjuntamente con la Constitución, la LOTTTSV, su Reglamento General, el COOTAD, las normas técnicas y las ordenanzas válidamente expedidas. Entre los principios que orientan el sistema se encuentran:

·         Seguridad vial y protección de la vida: las decisiones deben priorizar la prevención de lesiones y muertes y la reducción de riesgos en la vía.

·         Libre movilidad con responsabilidad: las personas pueden desplazarse conforme a la ley, respetando los derechos de los demás usuarios.

·         Accesibilidad e inclusión: el sistema debe considerar las necesidades de personas con discapacidad, adultos mayores, niños y otros grupos prioritarios.

·         Calidad y eficiencia: el servicio debe responder a estándares de seguridad, continuidad, comodidad y atención al usuario.

·         Sostenibilidad: la planificación de la movilidad debe considerar los impactos sociales, económicos y ambientales.

·         Legalidad y competencia: cada autoridad actúa dentro de las atribuciones que le asignan la Constitución y la ley.

·         Coordinación institucional: las autoridades nacionales y locales deben coordinar planificación, regulación, control e intercambio de información.

·         Responsabilidad: conductores, operadores, propietarios y usuarios deben asumir las consecuencias de sus acciones y cumplir las normas aplicables.

Aplicación para el conductor profesional

Un conductor profesional aplica estos objetivos y principios cuando verifica el estado mecánico del vehículo, respeta los límites de velocidad, utiliza cinturón de seguridad, no conduce bajo los efectos del alcohol o sustancias que alteren sus capacidades, evita distracciones, cumple las rutas autorizadas y brinda trato digno a los pasajeros. La seguridad vial no se limita a evitar una multa: busca prevenir daños y proteger vidas.

Ejemplo práctico

Si una unidad de transporte presenta neumáticos desgastados o fallas en los frenos, el conductor y el operador deben priorizar la seguridad y gestionar la corrección de la falla antes de prestar el servicio. Cumplir un horario nunca justifica poner en riesgo a los pasajeros.

1.2. ORGANISMOS DEL TRANSPORTE TERRESTRE

El sistema funciona mediante instituciones con responsabilidades diferentes. La rectoría y regulación nacional no son lo mismo que la gestión local del tránsito ni que el control operativo en carretera.

Principales instituciones y funciones

Organismo / entidad

Función general

Ministerio rector del sector transporte

Formula y dirige políticas públicas nacionales del sector, de acuerdo con la estructura y atribuciones vigentes del Ejecutivo.

Agencia Nacional de Tránsito (ANT)

Ejerce las funciones nacionales de regulación, planificación, gestión y control que le atribuye la ley; administra procesos y registros nacionales y emite títulos habilitantes en los ámbitos de su competencia.

Gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos

Planifican, regulan y controlan el tránsito, transporte terrestre y seguridad vial dentro de su circunscripción y de acuerdo con el modelo de gestión y competencias transferidas.

Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE)

Interviene en el control operativo y otras funciones asignadas legalmente en las vías y territorios bajo su jurisdicción.

Policía Nacional / unidades de tránsito competentes

Ejecuta las funciones de control, prevención e intervención que le correspondan conforme al marco legal y a la distribución de competencias vigente.

Consejo Nacional de Competencias (CNC)

Regula el proceso de transferencia y asignación de competencias a los GAD y establece modelos de gestión mediante resoluciones.

Operadores y compañías de transporte

Prestan el servicio con los títulos habilitantes correspondientes, mantienen las unidades en condiciones seguras y cumplen rutas, frecuencias, tarifas y obligaciones aplicables.

Servicios de emergencia y salud

Atienden las emergencias, rescates y asistencia prehospitalaria según sus atribuciones y protocolos.

¿Qué son los títulos habilitantes?

Son los instrumentos administrativos que autorizan, según el caso y la competencia de la autoridad, la prestación de servicios de transporte. La legislación contempla, entre otros, contratos de operación, permisos de operación y autorizaciones. La clase de documento depende de la modalidad, el ámbito territorial y la autoridad competente.

Una licencia de conducir habilita a una persona para conducir determinadas categorías de vehículos; no reemplaza el título habilitante que una operadora necesita para prestar un servicio público o comercial. Del mismo modo, la matrícula vehicular no autoriza por sí sola a ofrecer transporte comercial.

Aplicación en el cantón Quijos

Ante una consulta o trámite, el conductor debe identificar si se trata de licencia, matrícula, revisión técnica, permiso de operación, ruta, frecuencia, tarifa o control en vía. Cada asunto puede corresponder a una entidad distinta. Conviene verificar la autoridad competente en el cantón y el modelo de gestión vigente antes de iniciar el trámite.

1.3. COMPETENCIAS DE LOS GAD

Base jurídica y alcance

La Constitución del Ecuador y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), especialmente el artículo 55, reconocen a los GAD municipales y metropolitanos la competencia exclusiva para planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial dentro de su territorio, conforme a la ley. El Consejo Nacional de Competencias ha organizado el ejercicio de esta competencia mediante modelos de gestión.

La competencia es exclusiva en el nivel de gobierno señalado, pero su ejercicio debe respetar las políticas, normas técnicas y atribuciones nacionales. Los GAD no pueden actuar fuera de su territorio ni desconocer las reglas nacionales aplicables.

Funciones que pueden corresponder a los GAD municipales y metropolitanos

·         Planificar la movilidad, el tránsito y el transporte terrestre de su circunscripción.

·         Regular la circulación local, la señalización y la gestión de la red vial urbana, dentro de sus atribuciones.

·         Regular y gestionar los servicios de transporte público y comercial intracantonal, conforme al modelo de gestión y a los títulos habilitantes que legalmente les correspondan.

·         Gestionar rutas, frecuencias, paradas, terminales y tarifas en el ámbito de su competencia y con sustento técnico.

·         Gestionar la matriculación y la revisión técnica vehicular cuando estos productos y servicios estén asignados al GAD correspondiente.

·         Realizar control operativo de tránsito cuando su modelo de gestión y la normativa vigente lo habiliten.

·         Expedir ordenanzas locales compatibles con la Constitución, la ley y las normas nacionales.

·         Desarrollar campañas de educación vial, prevención de siniestros y protección de usuarios vulnerables.

·         Coordinar con ANT, Policía Nacional, CTE, organismos de emergencia y otros GAD cuando los desplazamientos o servicios excedan el ámbito local.

Modelos de gestión

El Consejo Nacional de Competencias ha establecido modelos diferenciados para el ejercicio de esta competencia. En términos generales, los modelos se distinguen por los productos y servicios que cada GAD puede gestionar y, especialmente, por si incluye o no el control operativo del tránsito. La asignación concreta debe comprobarse en la resolución vigente del CNC aplicable al municipio o mancomunidad.

No debe suponerse que todos los municipios tienen exactamente las mismas atribuciones operativas. La Resolución No. 001-CNC-2026 consta en el listado oficial de resoluciones del Consejo Nacional de Competencias como una asignación de modelos de gestión para GAD municipales y mancomunidades; por ello, para una actuación específica debe revisarse el texto de esa resolución y sus anexos.

Ejemplo práctico para el estudiante

Si un conductor necesita consultar una ruta de transporte intracantonal, una parada autorizada o un trámite local de matriculación, debe revisar si el GAD competente presta ese servicio directamente o a través de su unidad de movilidad/mancomunidad. Si se trata de un servicio interprovincial o de una vía bajo otra jurisdicción, no debe asumir que la autorización corresponde exclusivamente al municipio.

Responsabilidad del conductor frente a las autoridades

El conductor profesional debe portar los documentos exigibles, respetar las señales y disposiciones válidas, colaborar con los agentes competentes y utilizar los canales legales para impugnar una actuación que considere incorrecta. La identificación de la autoridad competente ayuda a evitar trámites erróneos y conflictos durante el control.

1.4. CLASES, ÁMBITOS Y TIPOS DE SERVICIO DE TRANSPORTE

A. Clases generales de transporte

·         Transporte público: moviliza pasajeros como servicio de interés general, bajo condiciones de operación, rutas, frecuencias y tarifas reguladas. No equivale al uso particular de un vehículo.

·         Transporte comercial: presta servicios de transporte a terceros mediante una contraprestación económica y bajo la modalidad y el título habilitante correspondiente.

·         Transporte por cuenta propia: moviliza personas o bienes relacionados con la actividad propia de una persona o entidad, sin ofrecer ese traslado como servicio de transporte a terceros. Debe cumplir los requisitos legales que le correspondan.

B. Ámbitos territoriales de operación

Ámbito

Descripción orientativa

Intracantonal

Opera dentro de los límites de un mismo cantón, conforme a la modalidad y autorización aplicable.

Intraprovincial

Opera dentro de una misma provincia, fuera del ámbito exclusivamente intracantonal, de acuerdo con la regulación aplicable.

Intraregional

Opera dentro de una región, cuando corresponda conforme a la organización territorial y normativa.

Interprovincial

Conecta dos o más provincias dentro del territorio nacional.

Internacional

Conecta Ecuador con otro país, conforme a la legislación nacional y a los acuerdos internacionales aplicables.

Importante: la clasificación territorial debe comprobarse en la versión consolidada vigente de la LOTTTSV, su Reglamento General, los títulos habilitantes y las resoluciones de la ANT o del GAD competente. El nombre de una ruta o el hecho de cruzar un límite urbano no basta por sí solo para determinar la autoridad que debe autorizarla.

C. Tipos frecuentes de servicio

Servicio

Finalidad

Aspectos que debe verificar el conductor

Colectivo

Traslada pasajeros en unidades con capacidad para varios usuarios y operación regulada.

Ruta, frecuencia, tarifa, paradas y condiciones de seguridad.

Masivo

Traslada gran cantidad de pasajeros mediante infraestructura y operación organizadas para ese fin.

Infraestructura autorizada, procedimientos y normas operativas.

Taxi convencional / ejecutivo

Presta transporte comercial de pasajeros según la modalidad autorizada.

Permiso, identificación, condiciones de servicio y reglas tarifarias aplicables.

Escolar e institucional

Traslada estudiantes o personal de una institución educativa o entidad.

Permiso, identificación, condiciones técnicas, seguridad de ocupantes y requisitos específicos.

Carga

Traslada mercancías o bienes.

Tipo de carga, peso y dimensiones permitidos, sujeción, documentación y seguridad.

Turístico

Traslada pasajeros en el marco de una actividad turística autorizada.

Habilitación de la operadora, características del servicio y condiciones del vehículo.

Mixto

Transporta personas y carga dentro de la modalidad y condiciones expresamente autorizadas.

Capacidad, distribución de pasajeros y carga y restricciones técnicas.

Cuenta propia

Transporta personas o bienes para satisfacer necesidades propias de la actividad del titular.

Que la operación corresponda realmente a cuenta propia y cumpla sus requisitos.

D. Títulos habilitantes y operación legal

La modalidad y el ámbito territorial determinan qué autoridad puede otorgar el título habilitante y cuáles son sus condiciones. Antes de iniciar una operación, la compañía o persona autorizada debe comprobar la vigencia del documento, la modalidad, el ámbito, las rutas o condiciones aprobadas y las obligaciones técnicas y administrativas.

No es correcto utilizar una autorización de una modalidad para prestar otra diferente ni captar pasajeros o carga al margen de las condiciones autorizadas. La autoridad competente puede ejercer las medidas administrativas y sancionatorias previstas en la normativa vigente, respetando el debido proceso.

E. Seguridad vial como obligación cotidiana

·         Realizar inspección preoperacional: frenos, neumáticos, luces, dirección, espejos, limpiaparabrisas y elementos de seguridad.

·         Usar cinturón de seguridad y exigir su uso a los ocupantes cuando corresponda.

·         Respetar límites de velocidad, señales, semáforos, distancias de seguimiento y prioridades de paso.

·         No conducir bajo efectos del alcohol, drogas, medicamentos que reduzcan la capacidad de conducción ni con fatiga peligrosa.

·         Evitar el uso manual del teléfono y otras distracciones durante la conducción.

·         Transportar pasajeros y carga dentro de los límites autorizados, con equipaje o mercancías correctamente asegurados.

·         Dar prioridad y protección a peatones, ciclistas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad.

·         En caso de siniestro, proteger la escena sin exponerse a riesgos, alertar a los servicios de emergencia y colaborar con las autoridades.

CASOS DE APLICACIÓN

Caso 1. Transporte escolar

Situación: Una unidad recoge estudiantes sin cumplir las condiciones específicas de su servicio. ¿Qué debe verificarse?

Respuesta orientativa: La habilitación de la operadora, el ámbito autorizado, las condiciones técnicas y los requisitos especiales de seguridad para estudiantes. No basta con tener licencia profesional.

Caso 2. Ruta entre cantones

Situación: Una operadora pretende realizar una ruta que supera el ámbito intracantonal.

Respuesta orientativa: Debe verificar el ámbito territorial, la autoridad competente y el título habilitante adecuado; no debe extender unilateralmente la ruta.

Caso 3. Control de tránsito

Situación: Un conductor no está seguro de qué entidad tiene competencia para controlar en determinado tramo.

Respuesta orientativa: Debe mantener una actitud colaborativa y respetuosa, identificar a la autoridad actuante y, posteriormente, verificar jurisdicción y fundamento legal por los canales oficiales.

Caso 4. Vehículo inseguro

Situación: Antes de iniciar un viaje, el conductor detecta una falla grave en los frenos.

Respuesta orientativa: Debe suspender la operación y gestionar la reparación. La seguridad de los pasajeros y de los demás usuarios prevalece sobre la presión por cumplir el horario.

ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN

Preguntas de comprensión

1.    ¿Cuál es la finalidad principal de la LOTTTSV?

2.    Explique tres principios que orientan el transporte y la seguridad vial.

3.    ¿Qué diferencia existe entre la función nacional de la ANT y las competencias locales de los GAD?

4.    ¿Qué es un título habilitante y por qué no debe confundirse con la licencia de conducir?

5.    ¿Qué competencias de tránsito y transporte corresponden a los GAD municipales y metropolitanos?

6.    Explique la diferencia entre transporte público, comercial y por cuenta propia.

7.    ¿Qué significa que un servicio sea intracantonal o interprovincial?

8.    Nombre cuatro tipos de servicio de transporte y señale una obligación relevante para cada uno.

9.    ¿Qué debe hacer un conductor profesional si detecta una falla mecánica que compromete la seguridad?

10.  ¿Por qué es importante consultar la normativa consolidada y las resoluciones vigentes?

Actividad práctica para el cantón Quijos

En grupos, elaboren un mapa institucional sencillo que identifique: (1) la autoridad nacional de tránsito; (2) el GAD o unidad de movilidad que presta servicios en el cantón; (3) los organismos que ejercen control en las vías pertinentes; y (4) los servicios de emergencia. Para cada institución, anoten una fuente oficial, su función y un ejemplo de trámite o situación en la que interviene. Verifiquen la información con fuentes institucionales vigentes, sin asumir que todas las competencias son idénticas en cada cantón.

CONCLUSIONES

·         La LOTTTSV organiza el transporte terrestre, el tránsito y la seguridad vial, con la protección de la vida y la movilidad segura como prioridades.

·         La ANT, los GAD y los organismos de control tienen funciones diferenciadas; identificar la autoridad competente evita confusiones y trámites incorrectos.

·         Los GAD municipales y metropolitanos ejercen competencias locales de planificación, regulación y control conforme al modelo de gestión y a las disposiciones nacionales.

·         Las clases de transporte, los ámbitos territoriales y los tipos de servicio determinan las condiciones de operación y el título habilitante aplicable.

·         El conductor profesional debe combinar conocimiento legal, mantenimiento preventivo, conducción defensiva y respeto a todos los usuarios de la vía.

FUENTES NORMATIVAS Y DE CONSULTA

·         Asamblea Nacional del Ecuador. Leyes aprobadas: registro de la Ley Orgánica Reformatoria a la LOTTTSV, Registro Oficial No. 380, Séptimo Suplemento, 30 de septiembre de 2026. https://www.asambleanacional.gob.ec/es/leyes-aprobadas?fecha=&leyes-aprobadas=All&title=seguridad

·         Asamblea Nacional del Ecuador. Información institucional sobre la aprobación de reformas a la LOTTTSV, 3 de septiembre de 2026. https://www.asambleanacional.gob.ec/es/node/119933

·         Consejo Nacional de Competencias. Competencia para planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial. https://www.competencias.gob.ec/competencia/planificar-regular-y-controlar-el-transito-el-transporte-terrestre-y-seguridad-vial/

·         Consejo Nacional de Competencias. Resoluciones; incluye la Resolución No. 001-CNC-2026 sobre modelos de gestión. https://www2.competencias.gob.ec/resoluciones/

·         Defensoría Pública del Ecuador. Biblioteca digital: LOTTTSV, edición histórica cuya ficha registra como última reforma la del Registro Oficial No. 512, de 10 de agosto de 2021. Debe complementarse con reformas posteriores. https://biblioteca.defensoria.gob.ec/handle/37000/3371

·         Reglamento General para la Aplicación de la LOTTTSV. Consultar siempre la versión oficial consolidada y sus reformas. https://atd.gob.ec/wp-content/uploads/2017/09/REGLAMENTO-GENERAL-PARA-APLICACION-DE-LA-LOTTSV.pdf

·         Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), especialmente artículo 55, sobre competencias municipales y metropolitanas. https://www.competencias.gob.ec/caja-de-herramientas-2/planificar-construir-y-mantener-la-vialidad/normativa/leyes/

NOTA DE VIGENCIA JURÍDICA

Este documento es una guía didáctica de estudio, no una certificación oficial del texto legal consolidado. Dado que durante 2026 se registró una reforma reciente, para resolver casos reales debe cotejarse el articulado y las disposiciones transitorias de la reforma publicada en el Registro Oficial, además de reglamentos, resoluciones de la ANT y del Consejo Nacional de Competencias, ordenanzas locales y modelo de gestión aplicable al cantón Quijos. Si existiera contradicción, prevalece la norma oficial vigente.